Aportaciones e innovación de las y los nutriologos en el etiquetado de alimentos

El etiquetado de advertencia es una herramienta que se suma a las estrategias para atender seriamente los problemas de sobrepeso, obesidad y sus complicaciones, como la diabetes y las enfermedades cardiovasculares, que aquejan a la población de nuestro país.

El diseño de esta estrategia de información a las y los consumidores se basó en los sellos de advertencia que fueron implementados desde 2016 por el gobierno chileno.

En México las discusiones sobre este tema comenzaron hace años, antes de que en 2015 las autoridades regulatorias (la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, COFEPRIS) hicieran entrar en vigor un etiquetado obligatorio basado en las Guías Diarias de Alimentación, conocido como etiquetado GDA. Ese etiquetado, diseñado por representantes de la industria de alimentos y bebidas, era muy poco comprensible no sólo por la población general, inclusive por estudiantes de nutrición (1). Distintas voces, desde la academia y la nutrición, también desde la sociedad civil, señalaban -señalábamos- la importancia de que los productos alimenticios industrializados contaran con un etiquetado claro, que cumpliera su objetivo: informar con claridad y sencillez cuando un producto contiene en exceso nutrimentos críticos, es decir, nutrimentos que se asocian con riesgos a la salud si se consumen de manera cotidiana.

Por ello en 2018 el Instituto Nacional de Salud Pública convocó a un grupo de investigadores y académicos, quienes presentamos una propuesta basada en evidencia científica y, de manera muy importante, sin conflictos de interés con la industria alimentaria, tema que más tarde daría lugar a una postura específica sobre este último punto (2). En aquel documento se señaló la importancia de contar con un etiquetado frontal de advertencia (3).

En el grupo de expertos académicos nacionales del etiquetado frontal de alimentos y bebidas no alcohólicas para una mejor salud participamos médicos y médicas, nutriólogas, salubristas, todos académicos y/o investigadores de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad y de algunas universidades, quienes aportamos desde distintas perspectivas: la salud pública, la nutrición clínica, la economía de la salud, la investigación y la educación.

El tema fue llevado a la Suprema Corte de Justicia de La Nación, promovido por El Poder del Consumidor, una asociación civil dedicada a la defensa de los derechos de los consumidores. Entre 2018 y 2019 los magistrados y ministros rechazaron modificar el etiquetado GDA, poco claro, muchas veces incomprensible. Fue en 2019 que en la Cámara de Diputados se discutió la iniciativa para modificar la Ley General de Salud en materia de sobrepeso, obesidad y etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas. A finales de 2019, una vez aprobada por ambas cámaras del Poder Legislativo, desde el Poder Ejecutivo se desarrolló la consulta pública, para ofrecer aportaciones a las modificaciones a la Norma Oficial Mexicana NOM-051 (4). En esta consulta pública participamos de manera activa las y los nutriólogos interesados en fortalecer estas indispensables estrategias de salud pública.

Así, después de una larga discusión que pasó por los distintos poderes del Estado Mexicano, que involucró la participación de representantes de la sociedad civil, de académicos e investigadores, de nutriólogas y nutriólogos, todos y todas interesados en la salud pública, fue en octubre de 2020 que entró en vigor la primera fase de la NOM-051.

Los sellos de advertencia son una estrategia invaluable, que permite a las y los consumidores identificar rápidamente cuando un producto contiene cantidades excesivas de nutrimentos críticos, esos que se asocian con riesgos a la salud.

 

Referencias:

  1. Dalia Stern, Lizbeth Tolentino, Simón Barquera. Revisión del etiquetado frontal: Análisis de las Guías Diarias de Alimentación y su comprensión por estudiantes de nutrición en México [Internet]. Instituto Nacional de Salud Pública. [citado 18 de septiembre de 2022]. Disponible en: https://www.insp.mx/epppo/blog/3225-etiquetadoalimentacion.html
  2. Barquera S, Balderas N, Rodríguez, Kaufer-Horwitz M, Perichart O, Rivera-Dommarco JA, et al. Código Nutricia: nutrición y conflicto de interés en la academia. Salud Pública México. junio de 2020;62(3):313-8.
  3. Kaufer-Horwitz M, Tolentino-Mayo L, Jáuregui A, Sánchez-Bazán K, Bourges H, Martínez S, et al. Sistema de etiquetado frontal de alimentos y bebidas para México: una estrategia para la toma de decisiones saludables. Salud Pública México. 28 de junio de 2018;60(4, jul-ago):479-86.
  4. NORMA Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria [Internet]. [citado 18 de septiembre de 2022]. Disponible en: https://www.dof.gob.mx/normasOficiales/4010/seeco11_C/seeco11_C.htm
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